The World Alliance for Breastfeeding Action (WABA) is a global network of individuals
& organisations concerned with the protection, promotion & support of breastfeeding worldwide.
WABA action is based on the Innocenti Declaration, the Ten Links for Nurturing the Future and the
Global Strategy for Infant & Young Child Feeding. WABA is in consultative status with UNICEF & an NGO
in Special Consultative Status with the Economic and Social Council of the United Nations (ECOSOC).
 
EL DERECHO DE TODAS LAS MUJERES A AMAMANTAR

¡Las mujeres trabajadoras también tienen derechos!
Toda madre tiene el derecho de amamantar a sus hijos e hijas.

¿Por qué la lactancia materna  es un derecho humano?

  • Todas las personas tienen derechos humanos.
  • Las mujeres y la niñez tienen los mismos derechos que el resto de las personas.
  • Las mujeres y los niños y niñas son sujetos de derechos humanos, no son objetos de caridad.
  • La lactancia materna es parte esencial de los derechos humanos: el derecho a la alimentación y a la salud.
  • La leche materna es el mejor alimento para recién nacidos(as) e infantes.  Ofrece una alimentación nutricionalmente balanceada y asegura la supervivencia, el crecimiento y desarrollo infantil.
  • El acto de amamantar es un componente esencial  de la crianza infantil contribuyendo al sano crecimiento y al desarrollo psico-social.
  • Amamantar contribuye al derecho a la salud de todas las mujeres al reducir el riesgo de contraer muchas enfermedades.
¿De quién es este derecho?

Toda mujer tiene derecho a amamantar a sus hijos e hijas.

Casi todos los gobiernos se han obligado a sí mismos  a satisfacer este derecho contenido en Acuerdos Internacionales:

  • Convención de los Derechos de la Niñez
  • Convenio sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres.
Muchos derechos ligados al derecho a la lactancia materna se encuentran en estos Acuerdos:
  • Convención de los Derechos de la Niñez provee:
    • El derecho de todo niño y niña a gozar del más alto estándar de salud
    • Los gobiernos deben asegurar la provisión de alimentos nutritivos
    • Las familias y la niñez deben estar informadas sobre la nutrición y las ventajas de la lactancia materna.
  • Convenio sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales garantiza el derecho a la nutrición y a la salud.
  • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres garantiza que las mujeres deben gozar de los servicios apropiados con relación al embarazo y a la lactación (amamantamiento).
¿Por qué es importante resaltar que la lactancia materna es un derecho?

Amamantar es el derecho de toda mujer y es esencial para satisfacer el derecho de todo niño y de toda niña a una alimentación adecuada y a gozar del derecho al más alto estándar de salud.  La lactancia materna como un derecho humano implica:

  • Los niños y las niñas deben tener adecuado acceso a los alimentos y nutrición desde que nacen para asegurarles un sano desarrollo.  Esto se logra con la lactancia materna exclusiva  durante los 6 primeros meses de vida y con alimentos complementarios hasta los 2 años y más.
  • Los gobiernos deben asegurar que las mujeres que deciden amamantar no sufran obstáculos para hacerlo.
  • Las mujeres no deben recibir discriminación alguna por el hecho de amamantar.
  • Las mujeres deben recibir adecuada información y el apoyo necesario para lograr amamantar.
  • Las mujeres pueden exigir el no estar expuestas a presiones indebidas por parte de la industria de alimentos infantiles a través de la propaganda o de cualquier otra forma de promoción.
Como la lactancia materna es un asunto privado, ¿los gobiernos deben jugar algún rol?

¡Claro que sí!  La decisión de amamantar o de no hacerlo es exclusivamente de cada mujer pero los gobiernos deben proteger, promover y apoyar los derechos de todas las mujeres a amamantar.

Los gobiernos deben:

  • Reconocer legalmente el derecho de todas las mujeres, niños y niñas a la nutrición y a la salud.
  • Proveer adecuados permisos de maternidad (por al menos 4 meses pero preferiblemente por al menos 6 meses), después del parto para facilitar la lactancia materna exclusiva.
  • Proveer horarios flexibles de trabajo -por ley- para las madres que regresan al trabajo, incluyendo intervalos para amamantar.
  • Proteger los derechos de las mujeres a amamantar en público.
  • Capacitar a todo el personal de la salud, incluyendo a la profesión médica, parteras y parteros, enfermeras y enfermeros, sobre la protección, promoción y apoyo de la lactancia materna.
  • Proveer información sobre las ventajas de la lactancia materna, particularmente a las mujeres embarazadas para permitirles tomar decisiones bien informadas.
  • Prevenir toda forma de promoción de los sucedáneos de la leche materna, biberones, tetinas, hacia el público en general pero especialmente hacia las mujeres, antes o después del parto.
  • Solicitar a la patronal facilidades que permitan a las mujeres comenzar y continuar la lactancia materna, exprimirse la leche y almacenarla.
  • Luchar por mejores provisiones en el Convenio No. 103 de la OIT sobre Protección a la Maternidad que será revisado en el período Junio 1999-Junio 2000.
¿Qué puede hacer Usted para apoyar el derecho a la lactancia materna?

La lactancia materna es la escogencia de la mayoría de mujeres cuando reciben suficiente información y apoyo.  Si la situación no es ésta, se pueden realizar una serie de actividades:

Las mujeres y los grupos de mujeres pueden luchar y realizar cabildeo para asegurar medidas de apoyo hacia las mujeres, como es la aplicación del Código Internacional de Sucedáneos de la Leche Materna, La Iniciativa Hospitales Amigables de la Niñez y una buena protección a la maternidad.
Los grupos de mujeres también pueden lograr que las asociaciones médicas ofrezcan adecuada información sobre lactancia materna en todas las instalaciones de salud.
Las mujeres pueden organizar redes de apoyo para:
Las nuevas madres
Que las mujeres reciban suficiente información sobre lactancia materna antes del parto
Para estar presentes a la hora del parto y apoyar a las nuevas madres.

¿Y si se viola el derecho a amamantar?

Todo gobierno que acepta los Acuerdos Internacionales debe informar a las Naciones Unidas sobre qué ha hecho para asegurar el goce efectivo de los derechos humanos específicos.  Estos reportes se envían a la ONU y se discuten en las diversas Comisiones responsables de vigilar la aplicación de los Acuerdos.  Si los gobiernos no respetan el derecho de cada mujer a amamantar, está incumpliendo sus obligaciones.  Las organizaciones nacionales pueden desarrollar una serie de acciones:

Las mujeres y sus agrupaciones pueden presionar a los gobiernos para que cumplan con los Acuerdos.
Junto a otras ONGs, los grupos de mujeres pueden enviar información a las Comisiones de la ONU sobre la situación de lactancia materna en sus países .

Las organizaciones pueden apoyar a los gobiernos en el diseño de legislaciones que faciliten a las mujeres el amamantar, la protección a este derecho cuando regresan al trabajo formal y otras medidas de protección a la maternidad.

Las mujeres pueden lograr que las organizaciones laborales retomen estos asuntos como propios en sus demandas.

Si las mujeres son discriminadas por que ejercen su derecho a amamantar, las organizaciones laborales pueden denunciar esto frente a la OIT.

Las organizaciones de mujeres pueden realizar boicots u otras acciones frente a las instalaciones u otros lugares públicos que impiden a las mujeres amamantar en público.

¿Dónde puedo obtener información?

  • WABA, Alianza Mundial pro Lactancia Materna, Grupo de Trabajo sobre Mujer, Apdo. Postal 1200, 10850 Penang, Malaysia. Tel: 60-4-6584816  Fax: 60-4-6572655  Email:waba@waba.org.my  waba
  • International Maternal & Child Health (IMCH), Department of Women's & Children's Health, Entrance 11, Upsala University, 
  • S-751 85 Uppsala, Sweden.  Tel: 46-18-511598 / 665935  Fax: 46-18-515380 / 508013 Email: ted.greiner@ich.uu.se
  • ARUGAAN. 42-A Maalalahanin Street, Teachers' Village, Quezon City, Philippines. Tel/Fax: 63-2-9225189
  • World Alliance for Nutrition and Human Rights (WANAHR), c/o Norwegian Institute of Human Rights, Universitetsgaten 22-24, 0142 Oslo, Norway.  Tel:  47-22-842004  Fax:  47-22-842002 Email: wanahr@nihr.uio.no
  • Geneva Infant Feeding Association, (GIFA)/IBFAN Europe, PO Box 157, 1211 Geneva 19, Switzerland.  Tel: 41-22-7989164 
  • Fax: 41-22-7984443  Email: philipec@iprolink.ch
  • United Nations High Commissioner for Human Rights, Palais des Nations, OHCHR-UNOG, CH 1211 Geneva 10, Switzerland. 
  • Tel: 41-22-9179000  Email: webadmin.hchr@unog.ch  www.unhchr.ch
  • International Labour Office, Conditions of Work Branch, 4 route des Morillons, CH-1211 Geneva 22, Switzerland. Tel: 41-22-7997955 
  • Fax: 41-22-7998451  Email: dy@ilo.org   www.ilo.org
  • UNICEF New York, Legal Officer, Nutrition Section, 3 UN Plaza, New York, NY 10017. Email: dclark@unicef.org  www.unicef.org


Es documento busca apoyar la comprensión de la lactancia materna desde la perspectiva de los derechos humanos.  Es parte de la campaña de WABA para apoyar el derecho de las mujeres trabajadoras a amamantar y por mejores provisiones de protección a la maternidad a través de instrumentos internacionales y las legislaciones nacionales.  WABA es una iniciativa popular y global  que protege, promueve y apoya la lactancia materna.  WABA agradece a UNICEF su apoyo técnico y financiero para la producción de esta publicación.  Para mayor información puede contactar al Secretariado de WABA Apdo. Postal 1200, 10850 Penang, Malaysia. Tel: 60-4-6584816   Fax: 60-4-6572655  Email: waba@waba.org.my (Publicación traducida y adaptada al español por CEFEMINA, IBFAN Costa Rica).
 



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